"7.1 Los caballos registrados que se pretenda importar con carácter permanente en la Unión Europea deberán haber permanecido en el país de envío durante un período mínimo de
90 días, o desde su nacimiento, si tienen menos de 90 días de edad, o desde su entrada, si fueron importados directamente desde la Unión Europea durante los 90 días anteriores
a la certificación para la exportación a la Unión Europea, y deberán habe
r permanecido en la zona libre de ...[+++]la enfermedad durante un período mínimo de 60 días o desde su nacimiento, si tienen menos de 60 días de edad, o desde su entrada en dicha zona, si fueron importados directamente a la zona libre desde la Unión Europea durante los 60 días anteriores a la certificación para la exportación a la Unión Europea".
"7.1. Registered horses intended for permanent imports into the European Union must have been resident in the country of dispatch for at least 90 days, or since birth, if they are less than 90 days old, or since entry, if they are imported directly from the European Union during the 90 days prior to certification for export to the European Union and they must have remained in the free area for at least 60 days or since birth, if they are less than 60 days old, or since entry, if they are imported directly into the free area from the European Union during the 60 days prior to certification for export to the European Union".